Para nadie es un secreto que la pandemia ha causado una tormenta sobre la economía no solo de nuestros de país sino alrededor del mundo. Es por ello que resulta indispensable llevar una dirección perfecta de los aspectos económicos, de una finca con el objetivo de prevenir posibles gastos que, de otra forma, podría afectar y ser evitados.
Es de esperar que todos los propietarios de este tipo de pertenencias deban contar con el asesoramiento de administración de fincas Zaragoza. Veamos en profundidad en qué consiste este oficio y cuáles son las obligaciones y funciones que ha de cumplir.
Tal y como referimos en el texto anterior, podemos definir a un administrador de fincas como el delegado de gestionar y administrar todos los temas de referente financiera, reglamentaria, y técnica que faciliten el sustento y dirección económica de las mismas.
El trabajo resulta importante para el sustento y dirección de colectividad de los vecinos presentes en las fincas, así como para colocar el orden, resolver dudas y ofrecer consejos a los dueños en relación a la dirección de la finca.
Los sucesos de la dirección de las fincas
El principio de la ocupación de administrador de fincas tuvo su origen en España tras el manifestó del Real Decreto de 24 de julio de 1889, por el que se coloca el Código Civil. Tanto en su artículo 392 como en los siguientes se desarrolla la idea de Sociedad de Bienes, mencionando aspectos sobre su administración y conservación. Tras la inclusión de algunos conceptos fundamentales que se establecieron en la normativa después de la Guerra Civil, se manifiesta una de las normativas que constituyen, a día de hoy, la base de este trabajo: la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.
Normativas
Tras la publicación de numerosas regulaciones sobre la regulación y reconocimiento del oficio de administrador de fincas, llegaron la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. Estos documentos permitieron, finalmente, el libre ejercicio de la profesión, corrigiendo todas las discrepancias presentes en el resto de la normativa que pudieran impedirlo.
Tras la difusión de numerosas regulaciones y reconocimiento del oficio de administrador de fincas, llegaron la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre entrada de las ocupaciones de servicios y su ejercicio y la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, estos documentos permitieron, finalmente, el libre ejercicio de la profesión.
Hoy en día, cualquier persona física o persona jurídica (ajustándose a los términos acordados en el ordenamiento jurídico correspondiente) que disponga de la cualificación profesional necesaria podrá ejercer como administrador de fincas.
Existen, a su vez, numerosos colegios y asociaciones representativas del oficio, que a su vez imponen una serie de requisitos que han de cumplirse para poder formar parte de éstas (recordamos que, según la ley, no es obligatorio formar parte de ellas). Dichos requisitos pueden variar entre las diferentes organizaciones establecidas, por lo que resulta recomendable conocer la ética y profesionalidad de cada asociación.
Responsabilidades y funciones que debes saber
Aquí explicaremos a fondo las diferentes funciones y responsabilidades de las que se encarga un administrador de fincas.
Principalmente, tendremos en cuenta que las responsabilidades que acarrean estos profesionales cambian dependiendo de si gestionan fincas arrendadas o fincas propias.
Arriendos
En el caso de las fincas arrendadas, los administradores se encargan de:
- Conseguir la cédula de habitabilidad, el documento que certifica que una vivienda reúne los requisitos técnicos e higiénico-sanitarios mínimos.
- Cobrar y actualizar la renta.
- La gestión del traspaso de los locales comerciales.
- Llevar a cabo liquidaciones a los propietarios.
- Asesorar acerca de cualquier cuestión relacionada con el arrendamiento.
- Llevar la gestión de los asuntos de los vecinos morosos.
- Atender las obras de mejora y reparación.
- Llevar a cabo el pago de gastos e impuestos.
En el caso de las fincas arrendadas, los administradores se encargan de:
- Gestionar, el documento que aseguran que una propiedadcuenta con los requisitos técnicos e higiénico-sanitarios mínimos.
- Recaudar y mantener al día pagos de la renta.
- Realizarpagos a los propietarios.
- Hacer recomendaciones en cuanto al arriendo.
- Gestionar situaciones de vecinos deudores.
- Ocuparse de mejoras y reparaciones.
Hacer pagos de impuesto.
Sobre la administración de fincas de propiedad
Si eres propietario de tu fina lo que debes saber es lo siguiente:
Protección de la finca
Ocuparse de la protección de la finca, estableciendo las reparaciones y disposiciones que sean necesarias. Estas siempre deben notificarse al presidente de la comunidad de vecinos y, además, a los dueños.
Programa de gastos
Organizar con la antelación necesaria y exponer a la junta de los vecinos el programa de gastos pronosticable, planteando las formas que sean necesarias para hacerles frente.
Asesoramiento relativo al inmueble
Se encarga de asesorar a la junta de dueños, ya sea en asuntos de proveedores (mantenimiento de ascensores, el seguro de la comunidad, empresas de limpieza o jardinería, mantenimiento de piscinas,…), inmobiliarios, de peritaje, laborales entre otros, siempre que sea en beneficio de la comunidad.
Contabilidad
Llevar al día las cuentas de la comunidad de propietarios. Este hecho es muy importante, ya que así la información económica de la finca estará actualizada de forma constante.
También elabora el cómputo para su aceptación además de modificar las cuentas. En el caso de que exista un caso de morosidad entre alguno de los propietarios también será el encargado de reivindicarlo.
Secretario en juntas de vecinos
Tiene cargo de secretario en las juntas de vecinos, encargándose de la preparación del acta y dando fe de todo tipo de reuniones que se puedan realizar en la comunidad. Además, es el encargado de proteger la documentación de la comunidad y dar las comunicaciones a todos los vecinos.